Declaración Universal de Responsabilidades Humanas

InterAction Council

El 1 de septiembre de 1997, InterAction Council presentó un proyecto de Declaración Universal de Responsabilidades Humanas (al que a partir de ahora nos referiremos como «proyecto de declaración»). InterAction Council es un grupo formado por ex líderes de distintos gobiernos que actúan a título personal. El proyecto de declaración, compuesto por 19 artículos, trata de elaborar «normas de buena conducta, como la honradez en el trato, la veracidad de palabra y obra, el fomento de la no violencia y en general la manifestación de respeto hacia los demás». InterAction Council desea que su proyecto se considere complementario a la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por las Naciones Unidas en 1948, y ha enviado el texto a todos los jefes de Estado y al secretario general de la ONU proponiendo que la idea se estudie en el periodo de sesiones de 1998 de la Asamblea General de la ONU.

Hay partes del proyecto de declaración que son absolutamente inobjetables, y algunos artículos están claramente inspirados en la Declaración. Sin embargo, al tratar de reformular algunos derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos como responsabilidades, este proyecto introduce ideas vagas y mal definidas que sólo crean confusión e incertidumbre.

El proyecto de declaración hace hincapié en los deberes y las responsabilidades, al parecer por temor a que el ejercicio sin restricciones de los derechos humanos suponga una amenaza para la sociedad. Desgraciadamente, al hacerlo muestra una falta de comprensión de la riqueza de las normas internacionales de derechos humanos ya existentes, empezando por la Declaración Universal de Derechos Humanos. Estas normas ya establecen las restricciones que los gobiernos pueden imponer legítimamente al ejercicio de los derechos a fin de proteger la sociedad y los derechos de otros individuos.

El proyecto de declaración va en detrimento de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de otras normas de derechos humanos que se derivan de ella, ya que hace referencia a determinadosderechos de forma menos enérgica, omite importantes elementos de garantía o introduce conceptos vagos y mal definidos. Aunque en un principio reafirma la Declaración Universal de Derechos Humanos en términos generales, el proyecto de declaración menciona, recorta, reescribe o excluye expresamente ciertos derechos presentes en ella, sin explicar las razones de las omisiones o las reelaboraciones. Por consiguiente, crea confusión sin contribuir a la claridad, confusión que, en definitiva, va en detrimento de la universalidad e indivisibilidad de todos los derechos humanos.

Además, el proyecto de declaración no aprovecha la importancia histórica, práctica y simbólica de la Declaración y contribuye muy poco, por no decir nada, a las disposiciones de las declaraciones ya existentes, los documentos de las conferencias mundiales y los tratados internacionales. En pocas palabras, el proyecto no supone ninguna contribución significativa a los importantes debates que deben producirse en la ONU durante 1998.

Amnistía Internacional cree que lo que se necesita en este aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 es un compromiso, de palabra y de obra, con la promoción y la aplicación de todos los derechos humanos para todos.

  • En el periodo de sesiones de 1998 de la Asamblea General de las Naciones Unidas deben establecerse calendarios para la ratificación universal de los tratados de derechos humanos.

  • Todos los gobiernos deben examinar las reservas o las interpretaciones impuestas sobre los tratados internacionales de derechos humanos con vistas a retirarlas, examinar la legislación, la política y la práctica de sus Estados para garantizar su más amplia y eficaz aplicación, y asegurarse de que presentan a tiempo sus informes completos a los correspondientes organismos de los tratados.

  • En el 50 aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos debe prestarse especial atención a la situación de los defensores de los derechos humanos. La ONU y sus miembros deben instar a que la Asamblea General de la ONU adopte en 1998 el proyecto de Declaración sobre Defensores de Derechos Humanos, ya adoptado por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en su periodo de sesiones de 1998.

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